El aguinaldo. ¡Por que es nuestro derecho!

Publicado por Vorágine en

Diciembre es el último mes del año y obtiene su nombre por haber sido el décimo mes del calendario romano. Este mes encierra una época de compartir en familia y con los amigos de la escuela, la colonia y el trabajo, ya sea que seamos oficinistas (todos unos “Godínez”) o emprendedores independientes (freelancer).

El espíritu de esta temporada es tan poderoso que incluso logró pausar la Primera y Segunda Guerra Mundial (en el frente occidental entre Alemanes y Británicos en 1914 y en la Batalla de Stalingrado en 1942); además de ser un mes lleno de festividades, cuenta con conmemoraciones importantes como el Día Internacional para la Abolición de la Esclavitud, el Día Mundial de la Lucha contra el Sida y el Día del Médico. En México es particularmente relevante la fiesta de la Inmaculada Concepción de la Virgen María, de Nuestra Señora de Guadalupe. También está el solsticio, las posadas, el Día de los Santos Inocentes y, por supuesto, la Nochebuena. Sin embargo, todas las anteriores conmemoraciones, no pueden superar la inigualable sensación de recibir: EL AGUINALDO.

¡Aprovechemos la tregua para jugar una cascarita!

Pero ¿qué es el aguinaldo?

Te platico: esta palabra proviene de la expresión latina “hoc in anno”, que significa “en este año”, y es locución que evolucionó primeramente en “aguilando” y posteriormente en “aguinaldo”. Se trata de una remuneración, regalo o propina que se tiene por costumbre entregar en época navideña y es una tradición que ha evolucionado durante siglos en diversas partes del mundo. La definición que nos da la Real Academia de la Lengua Española es: “Regalo que se da en Navidad”. Sin embargo, la acepción que más nos interesa de la palabra es la económica y en ese sentido, el aguinaldo es una prestación extraordinaria que se recibe una vez al año y con la cual se reconoce el trabajo que durante toda la anualidad se ha realizado para el empleador.

¡Yo pensé que era la bolsita rellena de dulces que nos dan en las posadas!

En el caso de los trabajadores que se encuentran en la iniciativa privada, equivale como mínimo a quince días del salario y que debe ser pagado antes del veinticinco de diciembre; para el caso de que no se haya laborado el año entero, se tiene el derecho de recibir la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren laborado. Por su parte, los trabajadores al servicio del Estado tienen derecho a recibir un aguinaldo anual, el cual deberá pagarse la mitad antes del 15 de diciembre y el resto a más tardar el 15 de enero del año siguiente, y será por lo menos por el equivalente a cuarenta días del salario; así mismo, es una prerrogativa para todos aquellos trabajadores que no hayan laborado todo el año, y se deberá pagar en forma proporcional.

Recordemos que las relaciones laborales entre trabajadores y empresas privadas se regulan por lo dispuesto en el apartado “A” del Artículo 123 de la Constitución Federal, así como la Ley Federal del Trabajo, mientras que los trabajadores al servicio del Estado se rigen por lo dispuesto por el apartado “B” del ordinal 123 de la Carta Magna y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Porque lo dice el librito ¡Yeah!

Sin más por el momento y esperando haber contribuido con un poco de conocimiento, les deseamos que tengan felices fiestas y les recomendamos utilizar sabiamente su aguinaldo, ya que la próxima vez que lo recibirán, será hasta el próximo año.

FUENTES:

 1.- http://de10.com.mx/top-10/2017/12/23/guerras-que-cesaron-gracias-la-navidad

2.- Ley Federal del Trabajo

3.- Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado b) del artículo 123 constitucional.

4.- http://www.rae.es/

 

 

Efrén B.Z. “Llámame Zero, porque todo comienza y termina conmigo…” y como aquí se terminó, sígueme en FacebookTwitter!!

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